Introducción y análisis de la teoría del delito y su evolución para abogados penalistas, con énfasis en fundamentos y componentes.
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Key Takeaways
- La teoría del delito es fundamental para la práctica del derecho penal y la preparación de estrategias legales.
- Se compone de elementos objetivos y subjetivos que permiten determinar la existencia de un delito.
- La dogmática penal es esencial para interpretar y aplicar correctamente la ley penal.
- Las teorías del causalismo, finalismo y funcionalismo ofrecen diferentes enfoques para entender la conducta delictiva.
- La imputabilidad es clave para atribuir responsabilidad penal y establecer la culpabilidad.
What the video covers
- Presentación de la cápsula educativa sobre la teoría del delito y su evolución, dirigida a abogados penalistas.
- Objetivo de la cápsula: proporcionar una base científica para la práctica jurídica y facilitar la aplicación segura de la ley.
- Se abordan conceptos clave: teoría del delito, fundamentos, componentes y evolución histórica.
- Se estudian las teorías del causalismo, finalismo y funcionalismo; otras teorías serán tratadas en una segunda cápsula.
- Definición de teoría del delito como sistema de hipótesis para explicar la aplicación jurídico-penal a conductas humanas.
- Importancia de la dogmática en derecho penal, entendida como interpretación y sistematización de la ley penal.
- Componentes del delito: acción o conducta, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad e imputabilidad.
- Análisis detallado de cada componente, incluyendo la tipicidad como encuadramiento legal y la culpabilidad como reprochabilidad personal.
- Evolución histórica de la teoría del delito, destacando la teoría del causalismo y sus críticas.
- Se enfatiza la importancia de la imputabilidad como capacidad de entender y querer para establecer culpabilidad.
Chapters
- 00:00Introducción y bienvenida a la cápsula educativa
- 01:31Objetivo y utilidad de la teoría del delito para abogados penalistas
- 02:50Concepto y fundamentos de la teoría del delito
- 04:20Interpretación del dogma y dogmática en derecho penal
- 05:46Componentes del delito: tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad
- 07:25Naturaleza de la teoría del delito: sistema, hipótesis y tendencia dogmática
- 08:59Evolución histórica: teoría del causalismo y su análisis
- 10:26Elementos objetivos y subjetivos del delito según el causalismo
- 11:56Definición y análisis de la tipicidad y la conducta
- 13:31Antijuridicidad y culpabilidad: conceptos y relaciones
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Speaker A
Saludos, estimados participantes. Quien se dirige a usted es María del Carmen Sánchez Espinal, facilitadora. En nombre de la Universidad Abierta para Adultos, UAPA, le damos la bienvenida al estudio de esta cápsula educativa.
Speaker A
teoría del delito y su evolución la finalidad de la presente cápsula es estudiar el tema como herramienta esencial para el ejercicio cotidiano de la labor profesional del abogado penalista para preparar su estrategia de caso de ahí su utilidad que consiste en
Speaker A
En el día de hoy estaremos abordando el tema: la teoría del delito y su evolución. La finalidad de la presente cápsula es estudiar el tema como herramienta esencial para el ejercicio cotidiano de la labor profesional del abogado penalista, para preparar su estrategia de caso, de ahí su utilidad, que consiste en
Speaker A
son los siguientes conceptos de teoría del delito fundamentos componentes del delito la evolución histórica dentro de esa evolución histórica trabajaremos el causal ismo finalismo funcionalismo teorías de la causalidad y teoría de la imputación objetiva en esta cápsula únicamente trabajaremos las teorías del
Speaker A
darle una base científica a la práctica de los juristas del derecho penal, proporcionándoles un sistema que permita la aplicación de la ley a los casos concretos con un considerable grado de seguridad. Los subtemas a analizar en esta cápsula
Speaker A
del delito es un sistema de hipótesis que exponen a partir de una determinada tendencia dogmática cuáles son los elementos que hacen posible o no la aplicación de una consecuencia jurídico penal a una acción humana la dogmática es el estudio del dogma más
Speaker A
son los siguientes: conceptos de teoría del delito, fundamentos, componentes del delito, la evolución histórica. Dentro de esa evolución histórica trabajaremos el causalismo, finalismo, funcionalismo, teorías de la causalidad y teoría de la imputación objetiva. En esta cápsula únicamente trabajaremos las teorías del
Speaker A
elaboración y desarrollo de las disposiciones legales y opiniones de la doctrina científica en el campo del derecho penal de igual forma la teoría del delito puede ser definida como la sistematización de los diversos elementos que partiendo del derecho
Speaker A
causalismo, finalismo y funcionalismo, porque las teorías de la causalidad y de la imputación objetiva serán abordadas en una segunda cápsula. Empezamos entonces a trabajar con el concepto de teoría del delito. Para Francisco Muñoz, con
Speaker A
teoría del delito atiende al cumplimiento de un cometido esencialmente práctico consistente en la facilitación de la averiguación de la presencia o ausencia del delito en cada caso concreto los fundamentos de la teoría del delito son los siguientes en
Speaker A
de la teoría del delito es un sistema de hipótesis que exponen, a partir de una determinada tendencia dogmática, cuáles son los elementos que hacen posible o no la aplicación de una consecuencia jurídico penal a una acción humana. La dogmática es el estudio del dogma, más
Speaker A
social no existe una respecto de la postura con que debe abordarse el fenómeno del delito por lo que existe más de un sistema que trata de explicarlo y por último la consecuencia jurídica penal el objeto del estudio de la teoría del delito es
Speaker A
especialmente la interpretación del dogma. En el derecho penal, el dogma es la ley penal, pues es la única fuente obligatoria del derecho penal. De acuerdo con Claus Roxin, la dogmática es la disciplina que se ocupa de la interpretación, sistematización,
Speaker A
componentes del delito los elementos comunes que componen el delito o sus características no independientes que constituyen el concepto de delito son las siguientes en primer lugar tenemos la tipicidad antijuridicidad y la culpabilidad además de estas que hemos indicado en primer
Speaker A
elaboración y desarrollo de las disposiciones legales y opiniones de la doctrina científica en el campo del derecho penal. De igual forma, la teoría del delito puede ser definida como la sistematización de los diversos elementos que, partiendo del derecho
Speaker A
tenemos que hablar también de imputabilidad el tipo es la figura abstracta e hipotética contenida en la ley ese es un concepto que se manifiesta en la simple descripción de una conducta o de un hecho y su circunstancia es la descripción legal de un delito por
Speaker A
penal positivo, pueden entenderse comunes a todos los delitos penales o a un grupo significativo de ellos. Partiendo de este concepto de la teoría del delito, entonces pasamos a ver que el autor Raúl Zaffaroni señala en su obra Manual de Derecho Penal que la
Speaker A
exista el delito a veces un acto o conducta involuntaria puede tener en el derecho penal responsabilidad culposa predeterminada la omisión consiste en la no ejecución de algo ordenado por la ley entonces tenemos que la conducta puede tratarse de una acción o de una omisión
Speaker A
teoría del delito atiende al cumplimiento de un cometido esencialmente práctico, consistente en la facilitación de la averiguación de la presencia o ausencia del delito en cada caso concreto. Los fundamentos de la teoría del delito son los siguientes: en
Speaker A
forma de dolo o en forma de culpa es la reprochabilidad personal de la conducta antijurídica es una conducta culpable personalmente reprochable por su parte la imputabilidad es la capacidad de entender y querer en el campo del derecho penal la imputabilidad implica
Speaker A
primer lugar, es un sistema porque representa un conjunto ordenado de conocimientos. En segundo lugar, son hipótesis, pues son enunciados que pueden probarse, atestiguarse, confirmarse sólo indirectamente o a través de sus consecuencias. En tercer lugar, posee tendencia dogmática al ser parte de una ciencia
Speaker A
la evolución histórica las diferentes teorías que han sido elaboradas por la doctrina a través de los tiempos en primer lugar tenemos necesariamente que referirnos a la teoría del causal ismo esta teoría surge hacia la segunda parte del siglo 19 fue impulsada por frank
Speaker A
social. No existe una respecto de la postura con que debe abordarse el fenómeno del delito, por lo que existe más de un sistema que trata de explicarlo. Y por último, la consecuencia jurídico penal. El objeto del estudio de la teoría del delito es
Speaker A
sin que sea necesario tener en cuenta la finalidad que acompaña a dicha acción se caracteriza por por concebir a la acción en términos físicos o naturalísticos integrada por un movimiento corporal y el resultado de una modificación en el
Speaker A
todo aquello que da lugar a la aplicación de una pena o medida de seguridad, recordando que la norma penal se compone de un supuesto derecho y de una consecuencia jurídico penal que es la sanción. Ahora pasamos a analizar los
Speaker A
delito los elementos objetivos en la teoría del causal ismo son la acción la tipicidad y la antijuridicidad y el elemento subjetivo lo ubican en la culpabilidad como hemos podido notar la teoría causa lista se basa en la conducta como un elemento primordial del
Speaker A
componentes del delito, los elementos comunes que componen el delito o sus características no independientes que constituyen el concepto de delito. Son las siguientes: en primer lugar, tenemos la tipicidad, antijuridicidad y la culpabilidad. Además de estas que hemos indicado, en primer
Speaker A
resultado y el resultado o sea que para esta teoría lo importante es la acción que causa un resultado en el mundo exterior la teoría causa lista ha sido criticada debido a que limita la conducta y aunque produce meramente un resultados
Speaker A
lugar tenemos que incluir la acción o conducta. Entonces, partiendo de este planteamiento en el orden correcto, tenemos que indicar que los componentes del delito son la acción o conducta, la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y, en algunas ocasiones,
Speaker A
años 30 para caracterizar la acción se produce a partir del año 1935 la inicial concepción fue dando paso a diversas modificaciones a medida que se sometía a revisión toda la teoría del delito imperante hasta el momento esta teoría
Speaker A
tenemos que hablar también de imputabilidad. El tipo es la figura abstracta e hipotética contenida en la ley. Ese es un concepto que se manifiesta en la simple descripción de una conducta o de un hecho y su circunstancia. Es la descripción legal de un delito, por
Speaker A
comportamiento del infractor sea por dolo o culpa para los finalistas la esencia de la conducta se presenta en la medida en que es en que se convierte en el ejercicio final la acción es actividad final el derecho prohíbe ordena conductas pero
Speaker A
tanto, la tipicidad es la adecuación de la conducta al tipo, es el encuadramiento de una conducta en la descripción hecha en la ley. La conducta es la acción, es el comportamiento humano voluntario positivo. Es el primer elemento para que
Speaker A
su comportamiento por lo que la intención se convierte en un elemento indispensable el sujeto activo al ejecutar la conducta tuvo la oportunidad de planear la y estar consciente del resultado que obtendrá mientras en el causal ismo el dolor se ubica en la
Speaker A
exista el delito. A veces un acto o conducta involuntaria puede tener en el derecho penal responsabilidad culposa predeterminada. La omisión consiste en la no ejecución de algo ordenado por la ley. Entonces, tenemos que la conducta puede tratarse de una acción o de una omisión
Speaker A
la palabra voluntariamente incluye él su objetivo es decir la voluntad de la gente de cometer o de provocar el fin que es el verbo rector matar lo ubica en el tipo esta teoría ha sido criticada respecto a los delitos culposos ya que pueden ser
Speaker A
por parte del agente activo del delito. Por otro lado, tenemos la antijuridicidad, que es la contradicción al derecho. En el ámbito penal, precisamente radica en contrariar lo establecido en la norma jurídica. De igual forma, la culpabilidad se puede presentar en dos formas: en
Speaker A
elementos del delito propuesto por el final ismo por el final ismo como son la tipicidad la antijuridicidad y la culpabilidad pero con una orientación político criminal es decir que de acuerdo con claus roxin en su funcionalismo moderado entiende
Speaker A
forma de dolo o en forma de culpa. Es la reprochabilidad personal de la conducta antijurídica, es una conducta culpable personalmente reprochable. Por su parte, la imputabilidad es la capacidad de entender y querer. En el campo del derecho penal, la imputabilidad implica
Speaker A
realización de un peligro dentro del fin de protección de la norma la culpabilidad se limita con la necesidad de prevención y juntas originan el nuevo concepto de responsabilidad que es la base de la imposición de la pena browsing de 'la hizo una nueva teoría
Speaker A
salud mental, aptitud psíquica y de actuar por parte del agente. La culpabilidad, si previamente no se verifica la imputabilidad, no se establece. No puede haber culpabilidad si previamente no se ha verificado la imputabilidad. Ahora pasamos a verificar
Speaker A
funcionalista debido a que ve a la pena o castigo en función de una prevención general del delito así como prevención especial que va dirigida al autor del delito para que no reincidan y a la sociedad en general para que sirva de
Speaker A
la evolución histórica, las diferentes teorías que han sido elaboradas por la doctrina a través de los tiempos. En primer lugar, tenemos necesariamente que referirnos a la teoría del causalismo. Esta teoría surge hacia la segunda parte del siglo XIX, fue impulsada por Frank
Speaker A
penal ya que de ello depende el detener tanto el delito como al delincuente esta ideología descansa en los modernos principios de política criminal un delito es una perturbación del orden social por una acción contraria una norma y no autorizada por actor
Speaker A
Boneleaks, James Bond Behling. Se fundamenta en el concepto causal de acción. Para los defensores de esta teoría, la acción es un movimiento voluntario físico o mecánico que produce un resultado en el mundo exterior previsto por la ley penal,
Speaker A
la protección de bienes jurídicos mientras que günther jakobs entiende que la función esencial del derecho penal es la vigencia de la norma hasta aquí esta cápsula en la segunda parte ya veremos las demás teorías como es la de la
Speaker A
sin que sea necesario tener en cuenta la finalidad que acompaña a dicha acción. Se caracteriza por concebir a la acción en términos físicos o naturalísticos, integrada por un movimiento corporal y el resultado de una modificación en el
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