Consentimiento Informado – Dra. Barone — Transcript

La Dra. Barone explica el consentimiento informado como proceso ético y legal para garantizar la autonomía del paciente en decisiones médicas.

Key Takeaways

  • El consentimiento informado es un proceso comunicacional y ético fundamental para respetar la autonomía del paciente.
  • Es necesario evaluar la capacidad cognitiva del paciente para tomar decisiones informadas.
  • La legislación argentina contempla la autonomía progresiva y la adecuación terapéutica en pacientes incapacitados.
  • El consentimiento puede ser verbal o escrito, pero siempre debe garantizarse la información completa al paciente.
  • En situaciones de emergencia, se prioriza la vida del paciente y se formaliza el consentimiento posteriormente.

Summary

  • La Dra. María Elisa Barone es médica neuróloga y magíster en ética aplicada, participa en comités de ética clínica y en investigación.
  • El consentimiento informado es un proceso dialógico entre el equipo de salud, el paciente y su familia para garantizar la autonomía del paciente.
  • Se deben considerar aspectos médicos como el tipo de enfermedad (transitoria, crónica, evolutiva) y el estado cognitivo del paciente para evaluar su capacidad de decisión.
  • La legislación argentina reconoce la autonomía progresiva desde los 13 años, con apoyo pero sin sustitución de los progenitores.
  • Existe el concepto ético de autonomía regresiva para pacientes con deterioro neurocognitivo, que debe ser considerado en el consentimiento.
  • El proceso de consentimiento debe incluir información clara sobre la patología, tratamientos, riesgos, beneficios y efectos adversos.
  • El consentimiento informado es revocable en cualquier momento antes de realizar el procedimiento.
  • Se aborda la adecuación terapéutica o limitación del esfuerzo terapéutico, con respaldo legal para decisiones en pacientes incapacitados.
  • El consentimiento puede ser verbal o escrito según la situación, siendo obligatorio en internaciones, actos quirúrgicos o invasivos.
  • En emergencias donde el paciente no puede firmar, se procede con el tratamiento y luego se instrumenta el consentimiento tan pronto sea posible.

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00:07
Speaker A
Soy la doctora María Elisa Barone, médica neuróloga y magíster en ética aplicada por la Universidad de Buenos Aires. Acá en este hospital, participo en el Comité de Ética Clínica y Asistencial y en el Comité de Ética en Investigación.
00:24
Speaker A
Hoy vamos a continuar con el tema del consentimiento informado, que recuerden ustedes como proceso dialógico y de comunicación entre el equipo de salud y el paciente y su familia en pos de garantizar la autonomía de la voluntad.
00:41
Speaker A
Entonces, hay muchas preguntas desde la perspectiva médica que debemos hacernos en el momento del proceso de consentimiento informado para poder ponderar y valorar la autonomía del paciente, si el paciente tiene una enfermedad transitoria o definitiva.
01:06
Speaker A
Si es una lesión aguda, un proceso agudo o un proceso crónico, si el paciente ha expresado sus preferencias en cuanto a perspectivas de tratamientos o de tratamientos extraordinarios.
01:45
Speaker A
Si el paciente está en coma o en eso en ese coma hay periodos de alternancia que puedan permitir la instrumentación efectiva del consentimiento informado con él.
02:31
Speaker A
O si es una enfermedad crónica sin progresión, como una lesión medular, por ejemplo, una paraplejia, una cuadriplejia.
02:50
Speaker A
O si es una enfermedad evolutiva, como una enfermedad neurodegenerativa, como una demencia, o por ejemplo, con una una enfermedad en los estadios terminales, como una enfermedad oncológica.
03:27
Speaker A
O en la misma terapia intensiva si son lesiones críticas gravísimas que uno ya desde la perspectiva médica puede ponderar que ese paciente va a evolucionar a un coma crónico o a un estado vegetativo.
03:50
Speaker A
Entonces, es importante pensar en todas estas preguntas médicas porque todas estas preguntas médicas tienen implicancias bioéticas.
04:20
Speaker A
Y si hay deterioro cognitivo, ¿cómo evaluamos la capacidad del paciente? ¿Cómo se evalúa desde la perspectiva neurológica esa competencia del paciente para la toma de decisiones?
05:08
Speaker A
Y como dijimos antes, como proceso comunicacional, el paciente tiene que recibir información, poder comprender esa información y poder comprender las consecuencias de su acción.
05:41
Speaker A
Es decir, que tiene que estar lúcido, orientado y poder evaluar esas acciones médicas en relación a su vida y su perspectiva de vida.
06:20
Speaker A
Y para poder evaluarlo, tenemos que hacer este feedback de verificar si el paciente ha comprendido o si tiene un cuadro confusional y no ha comprendido del todo las consecuencias de sus acciones.
07:00
Speaker A
Entonces, en ese proceso de información, hoy en día, la legislación argentina, tanto la Ley de Derechos del Paciente 26529, como el Código Civil y Comercial, hablan de la autonomía progresiva.
07:44
Speaker A
Es decir, que toda persona a partir de los 13 años, puede tomar sus propias decisiones para su salud y para su vida, siempre con el apoyo de los progenitores, pero no los progenitores reemplazan las decisiones de esa persona.
08:34
Speaker A
Y por otro lado, de lo que no se habla en la legislación y sí desde la perspectiva médica tiene que estar considerado claramente, es el concepto de autonomía regresiva en los pacientes que por la edad o por distintas afecciones puede haber un deterioro neurocognitivo.
09:20
Speaker A
En donde no se puede precisar claramente si realmente son autónomos o si hay dependencia de otras personas. Entonces, este concepto ético de autonomía regresiva también hay que tenerlo en consideración al momento de la instrumentación del consentimiento informado.
10:09
Speaker A
Sobre todo, tener en cuenta que en el consentimiento informado hay ciertos ítems que deben ser respetados en ese proceso de información, que tenemos que informarle al paciente, comunicarle cuál es su patología, su afección.
11:00
Speaker A
Cuáles son las tratamientos propuestos y las perspectivas de mejora con esos tratamientos, los riesgos y beneficios de cada uno de ellos y porque muchas veces planteamos una cirugía o planteamos un tratamiento con fármacos que son que tienen unos efectos adversos.
11:40
Speaker A
Hay que informar los efectos adversos, inclusive aunque nosotros pensemos en cosas mínimas, como por ejemplo, un fármaco antiepiléptico, que son fármacos que van a tomarse durante largo tiempo y hay que informar la posibilidad de efectos adversos.
12:23
Speaker A
Y también riesgos y beneficios de los tratamientos y de no hacerlos. Y por otro lado, tener en cuenta que ese consentimiento informado es revocable en cualquier momento de cualquier procedimiento, inclusive hasta el momento antes de hacerlo.
13:25
Speaker A
Otro aspecto que yo quiero señalar y que me parece muy importante y de lo que no se habla tanto, es de la adecuación terapéutica desde la perspectiva bioética o lo que los médicos llamamos limitación del esfuerzo terapéutico.
14:18
Speaker A
Que está reflejado en el artículo 5 de la Ley de Derechos del Paciente y en el artículo 59 del Código Civil y Comercial, que es la potestad que tienen los pacientes y en el caso de que el paciente esté incapacitado para tomar sus propias decisiones.
15:13
Speaker A
Reitero, por ejemplo, un paciente con un deterioro neurocognitivo grave o un paciente con que está en coma, esa potestad la tienen quien subrogan sus decisiones.
16:06
Speaker A
Y el Código Civil y Comercial lo dice claramente en el artículo 59, que es el cónyuge, el conviviente, el pariente, el allegado, e inclusive, bueno, por supuesto, la representación legal en caso de que haya una tutela sobre ese paciente.
17:07
Speaker A
Así que es importante conocer estas cuestiones que tienen que ver con el consentimiento informado, que reitero, la obligatoriedad del consentimiento para todos los actos en donde haya una intervención.
18:00
Speaker A
Para la internación de las personas, es obligatorio el consentimiento informado, para cualquier acto quirúrgico o invasivo, pero siempre, aunque no lo firmemos, el consentimiento es importante comunicar al paciente sobre los tratamientos.
18:50
Speaker A
Los efectos de los de cualquier propuesta terapéutica que le hagamos. Por eso la ley generó que el consentimiento pueda ser verbal, salvo las excepciones que yo mencioné, en que sí obligatoriamente tiene que estar escrito el consentimiento.
19:44
Speaker A
Acá hemos implementado un consentimiento informado de internación, es importante tenerlo en cuenta para que en las historias clínicas, cuando el equipo profesional va a examinar al paciente por primera vez.
20:24
Speaker A
Tenga en cuenta que tiene que estar este consentimiento instrumentalizado, salvo las excepciones consideradas, por supuesto, que cuando hay riesgo para la vida de ese paciente y es imposible de firmar un consentimiento.
21:09
Speaker A
Pongamos un ejemplo, un paciente con un traumatismo, un politrauma, con un trauma de cráneo grave, que hay que entrarlo a cirugía y el paciente está en coma o está con un cuadro confusional grave.
22:00
Speaker A
Por supuesto que ahí hay que preservar y salvaguardar la vida del paciente y llevarlo inmediatamente al tratamiento quirúrgico, y poder volver a instrumentar el consentimiento en la forma más inmediata que se pueda.
22:49
Speaker A
Y en los casos, como yo mencioné anteriormente, en donde se puede conversar y proponer las medidas de adecuación terapéutica para que eso no implique llevar al encarnizamiento terapéutico.
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Frequently Asked Questions

¿Qué es el consentimiento informado según la Dra. Barone?

Es un proceso dialógico y comunicacional entre el equipo de salud, el paciente y su familia para garantizar la autonomía del paciente en la toma de decisiones médicas.

¿Cómo se evalúa la capacidad del paciente para dar su consentimiento?

Se evalúa desde la perspectiva neurológica la competencia del paciente, asegurando que esté lúcido, orientado y pueda comprender la información y las consecuencias de sus decisiones.

¿Qué ocurre en casos de emergencia cuando el paciente no puede firmar el consentimiento?

Se procede con el tratamiento necesario para preservar la vida y se instrumenta el consentimiento informado en la forma más inmediata posible una vez que el paciente pueda participar.

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