El punto central de debate es si el patrocinado tocó o no tocó a la menor en la primera semana de octubre de 2015. La defensa se ha centrado en contradecir la acusación escrita del fiscal que establece esa fecha específica.
La defensa señala que el Ministerio Público mencionó que los hechos pudieron haber ocurrido en agosto, septiembre, octubre o noviembre de 2015. Sin embargo, la estrategia de defensa se basó en la acusación escrita que indicaba la primera semana de octubre de 2015, lo que la defensa considera una sorpresa inadmisible en la audiencia.
La defensa objeta que, si la menor fue evaluada y necesitaba terapia psicológica pero no la recibió por factores económicos, es contradictorio que el psicólogo concluya que no tiene afectación emocional. Además, cuestiona cómo la menor pudo no tener afectación emocional en tan solo un mes, sin ser resiliente ni tener modos de afrontamiento o apoyo familiar.
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